“ ¿Crees en las segundas oportunidades?”
Desarrollar en las y los jóvenes de nuestro entorno y comunidad del Plantel IFA conciencia e interés por el medio ambiente, asimismo realizar diversas acciones como reciclaje, el cuidado de las cosas que consumimos (ropa, zapatos, electrónicos etc.), evitar el fast fashion y que puedan compartir con otras personas sus conocimientos para crear una cultura en beneficio al medio ambiente.
CONTEXTO O ENTORNO A DONDE APLICA, RECONOCIENDO LAS PROBLEMÁTICAS DEL ENTORNO INMEDIATO
Entre las consecuencias del cambio climático se encuentran las sequías, inundaciones y aumento de frecuencia de incendios forestales, algunas de estas situaciones que podemos ver dentro de nuestro entorno y es posible evitarlas por medio de alternativas de solución como la que presentamos.
A través del objetivo de desarrollo sustentable (ODS) número 13
de “acción por el clima” enfocándonos en la reducción de residuos nuestra propuesta es el reciclaje del papel acumulado en nuestras casas por años, que en su producción tuvo emisión de dióxido de carbono, principal causa del cambio climático y al utilizarlo este generalmente se convertiría en un desecho, para evitarlo queremos realizar hojas de papel caseras contribuyendo así a nuestra economía y a la mejora del medio ambiente.
El proyecto se llevará a cabo desde nuestras casas y en cada una de nuestras comunidades, y difundir dentro del alumnado y docentes del plantel IFA, ya que actualmente por la pandemia nos es difícil llevarlo dentro la escuela.
Decidimos llevar a cabo este objetivo ya que es algo muy fácil y sencillo de hacer y para nada costoso, al contrario es un apoyo a nuestra economía, la cual en muchas familias se ha visto afectada.
LEYES Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES QUE PUEDEN SERVIR AL PROYECTO
CONSTITUCIONALES
De los Arts. 25, sexto párrafo; 26; 27, tercer párrafo, y 73, fracciones XVI, 4ª y XXIX-G, así como de los Arts.115 y 124, emanan normas secundarias que regulan la conducta humana y social frente a los recursos naturales y los ecosistemas, y se establece la competencia y participación de los gobiernos estatales y municipales en la temática ambiental.
TRATADOS INTERNACIONALES
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) en 1992 y ese mismo año es aprobada unánimemente por la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión. La Convención fue ratificada ante la ONU en 1993 y entró en vigor el 21 de marzo de 1994, estableciendo un marco de acción cuyo objetivo último es “Lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera en un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.”
Protocolo de Kioto, se adoptó en 1995; basado en los principios de la CMNUCC, este instrumento, jurídicamente vinculante, compromete a los países industrializados a reducir las emisiones de los gases de efecto invernadero; sí mismo, establece una serie de mecanismo de mercado como: Comercio de Derechos de Emisiones, Implementación Conjunta y Mecanismo para un Desarrollo Limpio (MDL).
Acuerdo de París sobre Cambio Climático. Dicho acuerdo entró en vigor el 4 de noviembre de 2016 y es, sin duda, el compromiso voluntario más importante que se ha realizado en los últimos años en materia de Cambio Climático.
LEYES FEDERALES
La Ley general del equilibrio ecológico y Protección al ambiente establece los presupuestos mínimos para la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.
La Ley general de desarrollo forestal sustentable tiene por objeto regular y fomentar la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, con el fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable.
Ley general para la prevención y Gestión Integral de residuos tiene por objetivo la protección al ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos, en el territorio nacional, y tiene por objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado; propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial; y prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación.
LEYES ORDINARIAS O LOCALES (ESTATALES)
Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Ley de cambio climático del estado de México.
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
REGLAMENTOS Y DECRETOS
Reglamento Interior De La Secretaría del Medio Ambiente.
Reglamento Interno Del Comité De Control Y Evaluación De La. Secretaría Del Medio Ambiente (Cocoe)
Reglamento Interior Del Comité Estatal De Normalización Ambiental
Reglamento Interior De La Coordinación General de Conservación Ecológica.
LEYES MUNICIPALES Y OTRAS DISPOSICIONES JURÍDICAS APLICABLES.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) establece la facultad y obligación para los municipios de crear zonas de preservación ecológica en los centros de población, la mayor parte de los cuales son parques, jardines y bosques urbanos.
REGLAMENTO DEL USO Y FUNCIONAMIENTO
DE TIENDA EN LÍNEA Y PRESENCIAL DEL PRODUCTO
ARTÍCULO 1.- Compra las hojas que consideres necesarias, recuerda que su uso es sustentable.
ARTÍCULO 2.- Utiliza tus hojas correctamente, usalas y desechalas en un lugar donde haya tierra y humedad para que la semilla pueda germinar.
ARTÍCULO 3.- Al realizar tu compra, recuerda especificar con qué semillas quieres tus hojas, de esta manera al desecharlas germinara la semilla de tu preferencia.
ARTÍCULO 4.- De ser acordada una entrega personal, acude de manera puntual.
ARTÍCULO 5.- El método de pago debe ser diferencial acorde a las necesidades y rango de producto que como cliente desees, ajustando el presupuesto acorde al tipo que se menciona anteriormente.
ARTÍCULO 6.- La idealización de nuevas formas para la utilización y materialización de las hojas tendrá que ser bajo pedido y en un rango mínimo de 15 días para su elaboración.
ARTÍCULO 7.- Nuestra empresa no se hace responsable de que el material comprado no germine correctamente, o de los daños que sufran las hojas después de 48 horas de su compra.
ARTÍCULO 8.- Si las hojas llegan dañadas, tiene máximo 24 horas para solicitar un reembolso u otro paquete de hojas que se encuentre en buen estado, acudiendo con el comprobante de pago y la fecha de llegada del producto.
ARTÍCULO 9.- El trabajador deberá acudir al centro de labores correctamente vestido o uniformado. De no ser así reportarlo y no le proporcionar ninguna información, ya que podría verse en un robo.
ARTÍCULO 10.- La empresa no se hace responsable de accidentes, si el trabajador no se encuentra equipado con el uniforme correspondiente. La empresa se hará cargo de proveer un (1) uniforme completo al año absorbiendo el costo total del mismo.
Comentarios
Publicar un comentario